Proyecto de ley para la prohibición de tests obligatorios de embarazo en el ámbito laboral
El Poder Ejecutivo envió al Parlamento un Proyecto de ley con el fin de prohibir la realización, presentación o certificación por cualquier medio que acredite la ausencia de estado de gravidez, tanto para el acceso como durante la relación laboral en la actividad privada y pública.
Fundamenta la iniciativa el entender que se trata de una práctica discriminatoria, contraria a lo que disponen los arts. 7, 8, 42 y 53 de la Constitución de la República, distintas normas internacionales, entre cuya nómina se incluyen los Convenios de la OIT núms. 103 y 111 y normas vigentes en el país, entre las cuales cita las leyes 16.045, 18.104 y 18.331.
En la parte dispositiva, el proyecto dispone lo siguiente:
Artículo 1º Prohíbese exigir la realización o presentación de test de embarazo y/o certificación médica de ausencia de estado de gravidez, como requisito para el proceso de selección, ingreso, promoción y permanencia en cualquier cargo o empleo, tanto en la actividad pública como privada. Asimismo se prohíbe la exigencia de toda forma de declaración de ausencia de embarazo.
Artículo 2º La constatación del incumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior por parte de la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social, será calificado de muy grave aplicándose al infractor las máximas sanciones administrativas.
Artículo 3º El producido de la aplicación de la ley mencionada en el artículo anterior será destinado a la implementación de acciones del Plan nacional de Igualdad de Oportunidades y Trato en el Empleo.