Novedades recientes sobre normativa laboral de interés

A continuación comentamos dos novedades recientes sobre normativa laboral de interés:

 

1.        SE DISPONE NUEVO LIMITE PARA LA MANIPULACION MANUAL DE CARGAS.

 

La Ley Nº 19.927 aprobada el 18 de diciembre de 2020, dispone nuevas exigencias para la manipulación manual de cargas, estableciendo que los envases o bolsas que se transporten levanten, coloquen, empujen, desplacen o sean objeto de operaciones similares por parte de los trabajadores, no podrán superar los 25 kilogramos.

La exigencia señalada, que busca resguardar la salud de los trabajadores, rige sin importar cuál es la composición de la bolsa o envase que se manipule manualmente, así como el contenido de los mismos (material fraccionable de construcción, alimentación humana, fertilizantes, fitosanitarios, alimento animal u otros insumos de uso agropecuario, empleados en el medio rural, urbano o suburbano, etc.).

Cuando las cargas superen dicho peso (25 kilogramos), deberán ser operadas mediante medios mecánicos provistos por la empresa.

La ley establece también que el empleador deberá brindar a su personal de operaciones, formación e información adecuada sobre la manipulación de cargas y sobre los riesgos que implica su contravención.

A su vez, el trabajador que manipule manualmente la carga deberá respetar las orientaciones recibidas de los jefes y encargados y adoptar las medidas sobre la forma correcta de hacerlo, utilizando adecuadamente los medios y equipos de protección personal que deberán ser provistos por el empleador.

Finalmente, la ley dispone que el Poder Ejecutivo deberá reglamentar la norma en el plazo de ciento ochenta días desde su promulgación, la que establecerá las sanciones por su incumplimiento (amonestación, multa o clausura del establecimiento).

 

2.        EXTENSION DE REGIMENES ESPECIALES DE SEGURO DE PARO.

 

Otra novedad de diciembre fue la aprobación del Decreto Nº 358/020 de 22 de diciembre de 2020, que extiende hasta el 31 de marzo de 2021, todos los regímenes especiales de subsidio de desempleo creados durante el año pasado.

En concreto, extiende el régimen de subsidio por desempleo por causal suspensión parcial de tareas para trabajadores con remuneración mensual fija, así como el régimen especial de reducción de tareas para trabajadores jornaleros o destajistas.

En ese sentido, recordemos que diversas Resoluciones del MTSS dictadas a lo largo del año 2020 (Res. MTSS No. 143/020 de 18 de marzo de 2020, Res. MTSS No. 163/020 de 20 de marzo de 2020,Res. MTSS No. 1024/020 de 21 de julio de 2020)se crearon regímenes especiales de seguro por desempleo:a) para trabajadoresmensuales con reducción parcial de tareas durante el mes (reducción de días u horas de trabajo), b)para los trabajadores remunerados por día o por hora con suspensión parcial por reducción de jornales o de horario habitual, c) para trabajadores con remuneración variable o destajistas por reducción parcial de ingresosdurante el mes.

Para proteger los niveles de empleo y evitar despidos a causa de las dificultades generadas a las empresas por la Pandemia COVID-19, el Gobierno resolvió extender estos regímenes especiales hasta el 31 de marzo de 2021, lo que habilita a las empresas a seguir utilizando sistemas de seguro de paro parcial durante el mes, tanto para trabajadores mensuales como jornaleros.

Por otra parte, este Decreto reestablece el aporte estatal no reembolsable de $ 5.000 mensuales, para las empresas que reintegren trabajadores que estuviesen en seguro de paro total, parcial o especial. El aporte regirá para los reintegros que se produzcan entre diciembre 2020 y marzo 2021.

El aporte mencionado se encuentra sujeto al cumplimiento de varios requisitos y condiciones, que invitamos a consultarnos.

 

Alejandro Castello